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Con el voto de conjueces, enviaron otra cautelar a la justicia de Bariloche para que decida. Mientras suspendieron un artículo del DNU 70/2023.

Por Agencia DIB Para compartir: Rosenkrantz, Rosatti y Lorenzetti, los tres ministros de la Corte.  En un cambio significativo, la Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió este viernes de manera provisoria los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras Rurales y eliminó las restricciones a la compra de campos por parte de extranjeros.

Más noticias Venta de tierras a extranjeros: la Corte aclaró los alcances de su fallo Venta de tierras a extranjeros: Kicillof calificó de "infamia" el fallo de la Corte La decisión fue adoptada por mayoría, con la participación de dos conjueces, y regirá hasta que la Justicia Federal de Bariloche resuelva sobre el pedido de una medida cautelar presentado por una organización ambientalista, comunidades indígenas y una legisladora de Río Negro.

El fallo lleva las firmas de los jueces Horacio Rosatti y Ricardo Lorenzetti, junto con las de los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci. Carlos Rosenkrantz votó en disidencia y rechazó la posibilidad de dictar una medida cautelar provisoria. En la práctica, la Corte revierte así los efectos que tuvo su propio fallo del martes de la semana pasada.

Y le aporta un poco de alivio al Gobierno nacional, ya que aquel fallo motivó duras críticas, una inusual aclaración pública del tribunal y una amenaza de la oposición con hacer caer en el Congreso todo el DNU 70/2023 -y no solo el artículo 154-. La resolución vuelve a poner en vigencia, de manera interina, las limitaciones establecidas por la Ley 26.737 para la adquisición de tierras rurales por parte de ciudadanos extranjeros.

Sin embargo, la Corte no se pronunció sobre la constitucionalidad del decreto de Javier Milei ni resolvió definitivamente la vigencia de la ley, sino que dispuso una suspensión temporal mientras avanza el expediente judicial. El planteo fue impulsado por la Asociación Civil Árbol de Pie, las comunidades indígenas Lafkenche y Lof Fvta Anecon, y la legisladora rionegrina Magdalena Odarda.

Los demandantes sostienen que la derogación de la ley afecta derechos colectivos vinculados con la protección ambiental y los territorios ancestrales de los pueblos originarios.

Fuente original: Marcha atrás: la Corte Suprema repuso los límites a la venta de tierras a extranjeros

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